UTC anuncia un ERTE en su planta de Montilla

La fábrica que UTC Climate, Controls & Security posee en Montilla ha anunciado a sus trabajadores de un ERTE que comenzará a las 22h de esta noche.

La antigua fábrica conocida por todos como CIATESA, que forma parte de UTC Climate, Controls and Security, una unidad de United Technologies Corp., ha anunciado a sus trabajadores de que se va a realizar un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) que se iniciará con el turno de esta noche a las 22h y que previsiblemente se prolongará hasta que pasen los efectos del coronavirus.

La circular que ha remitido la dirección dice así:

La Dirección de Ciatesa, con el apoyo y consenso del Comité de Empresa, después de analizar en profundidad las excepcionales circunstancias que estamos viviendo en los últimos días con la extensión de la epidemia del COVID-19, y la afectación que está teniendo entre nuestra plantilla, se ve forzada a tomar la siguiente decisión como única realmente efectiva para garantizar la salud y la seguridad de todos nuestros trabajadores :

  • A partir de mañana 20 de Marzo de 2020 se paraliza toda la actividad productiva de la empresa (en el caso del turno de noche ya no será necesario venir a trabajar hoy) hasta nueva orden.
  • Se mantendrá la actividad de Expediciones y Recepción de Mercancías hasta cuando se pueda, debiendo acabar de recepcionar los camiones en tránsito y de expedir todo el material finalizado.
  • Para el personal de producción el viernes 20, lunes 23 y martes 24 se considerarán días compensatorios en sustitución de los tres de Semana Santa, pasando a partir del día 25 a estar en situación de regulación temporal de empleo en las condiciones legales que recoge el último RD 8/2020 de 17 de Marzo de medidas frente al impacto económico y social del COVID-19.
  • Para el personal indirecto de momento se seguirá trabajando con normalidad. Las personas que ya estén en sus domicilios seguirán teletrabajando y los que aún no tengan los medios habilitados deberán venir a trabajar presencialmente hasta que dichos medios estén a su disposición. Para este personal se dará instrucciones concretas en los próximos días.
  • Todo el personal que venga presencialmente deben cumplir exhaustivamente todas las medidas de prevención desplegadas y utilizar todos los medios (guantes, mascarillas, gel desinfectante, producto de desinfección del puesto) que se hayan entregado.

¿Y ahora que?

Si usted se ve afectado por un ERE o un ERTE, para solicitar la protección por desempleo, deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar en situación legal de desempleo.
  • Inscribirse como demandante de empleo, mantener dicha inscripción mientras esté percibiendo la prestación y cumplir el compromiso de actividad que se incluye en la solicitud.
  • Para percibir prestación contributiva, tiene que haber trabajado y cotizado al desempleo al menos 360 días, dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo y no haber utilizado las cotizaciones de dicho periodo para una prestación anterior. Si ha cotizado un periodo inferior a 360 días, podrá percibir el subsidio por desempleo si, además de cumplir el resto de requisitos exigidos, no tiene rentas superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional vigente, sin tener en cuenta la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (Cuantías para este año).
  • No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse, salvo que su contrato se haya suspendido o se haya reducido su jornada diaria de trabajo.
  • No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo compatibilidad establecida por un programa de fomento de empleo.
  • No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.
  • En caso de suspensión del contrato, esta debe estar acordada en el correspondiente procedimiento,  ser temporal y estar provocada por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción, o de fuerza mayor.

En caso de reducción de jornada de trabajo, esta debe haber disminuido temporalmente entre un 10 y un 70 por ciento, con una reducción análoga del salario, ser acordada en el correspondiente procedimiento y estar provocada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Obligaciones, infracciones y sanciones

Documentación

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