Publicadas las organizaciones que integrarán las vocalías del Consejo Andaluz del Pueblo Gitano

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publica este martes la resolución del procedimiento de selección de las organizaciones del movimiento asociativo de personas gitanas que designarán representantes en las 10 de las 29 vocalías del Consejo Andaluz del Pueblo Gitano. Este es un paso previo a la constitución de este órgano consultivo y de participación social en las políticas públicas para promover la inclusión de la comunidad gitana andaluza.

Las entidades seleccionadas son la Fundación Secretariado Gitano, la Federación de Asociaciones de Mujeres Gitana-Fakali, el Instituto Romanó para asuntos sociales y culturales y la Federación Nacional de Asociaciones de Mujeres Gitanas-Kamira, que contarán con dos vocalías. También estará representadas con una vocalía la Federación Gitana de Andalucía y Almería y la Asociación de Enseñantes con Gitanos. Tras la publicación de la resolución, se abre un plazo para que las organizaciones propongan a la persona titular y a la suplente que representarán a dicha entidad en el Consejo Andaluz del Pueblo Gitano.

En el proceso de selección han participado las organizaciones con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Andalucía; entidades privadas sin ánimo de lucro del movimiento asociativo de personas gitanas, inscritas en el registro que les corresponda y en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de Andalucía, con domicilio social o delegación en Andalucía y que han acreditado la realización de programas, proyectos o actividades en este ámbito.

Los criterios para establecer el orden de relación en la participación en el Consejo Andaluz del Pueblo Gitano comprenden: estructura y capacidad de gestión de la entidad; grupo poblacional al que dirige su atención, con prioridad sobre las mujeres y la juventud; implantación territorial efectiva; experiencia en la realización de programas sociales; representatividad; antigüedad; integración y participación en órganos colegiados sectoriales; igualdad entre mujeres y hombres en cuanto a planes y composición paritaria; y calidad en la gestión.

En cada uno de los criterios se ha establecido una puntuación y así, para poder optar al procedimiento de reparto de vocalías, las entidades han debido obtener 40 puntos al menos. El número máximo de vocalías asignaada a una misma entidad es de dos.

El Decreto 253/2021, de 16 de noviembre de 2021, creó el Consejo Andaluz del Pueblo Gitano como órgano colegiado de participación social en las políticas públicas, generales y específicas, que redunden en la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato y la inclusión de la comunidad gitana en Andalucía. Su carácter es consultivo y en el mismo se institucionaliza la cooperación del movimiento asociativo gitano, de las entidades locales andaluzas, de los agentes sociales y de la Administración autonómica para elevar iniciativas de actuación y su posterior valoración.

Además de las funciones de proponer y asesorar sobre medidas en favor de la población gitana andaluza, la emisión de informes facultativos o canalizar las propuestas de las organizaciones sociales, el Consejo Andaluz del Pueblo Gitano tiene la potestad de formular propuestas de actuación cuando se produzcan fenómenos, conductas o comportamientos antigitanos por parte de personas físicas o jurídicas, dirigidas tanto hacia la población gitana víctima de actitudes tipificadas como delitos de odio y discriminación por motivos étnicos, como a organizaciones gitanas ante actuaciones racistas o discriminatorias.

Composición del Consejo

El Consejo Andaluz del Pueblo Gitano está constituido por una presidencia, dos vicepresidencias, una secretaría y 29 vocalías. Además de las 10 que representan al movimiento asociativo, hay 8 en representación de áreas competenciales de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de servicios sociales, educación, empleo, salud, igualdad, cultura, vivienda y comercio.

En las restantes, tienen representación el Instituto Andaluz de la Juventud, el Consejo Audiovisual de Andalucía, cuatro para las entidades locales andaluzas, la Mesa del Tercer Sector, las organizaciones sindicales y las empresariales para mandatos de cuatro años.

El Consejo funcionará en pleno y en comisión permanente. Asimismo, se podrá crear grupos de trabajo, con carácter temporal o permanente, compuestos por integrantes del consejo y por personas expertas en las materias que vayan a ser objeto de estudio. Los informes o propuestas que elaboren se elevarán al pleno para su aprobación o, en su caso, a la comisión permanente para su estudio y análisis y posterior elevación al pleno.

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