El Gobierno andaluz modifica la Ley contra la Violencia de Género para reforzar la protección de las víctimas

El Consejo de Gobierno ha aprobado el anteproyecto de reforma de la Ley de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género, vigente desde 2007, para adecuarla a la normativa europea y a la evolución social del problema.

Con esta modificación Andalucía será pionera en adaptar su legislación a las exigencias del Convenio de Estambul de 2011, primer instrumento vinculante de ámbito europeo en la materia y aún no trasladado al ordenamiento jurídico español.

La principal novedad que introduce el borrador es la ampliación del concepto de violencia de género más allá del ámbito de la pareja o expareja.

De este modo, la definición incluye el feminicidio (homicidio o asesinato cometido como instrumento para dañar a la mujer); el acoso y las agresiones sexuales; la violencia contra los derechos sexuales y reproductivos; la trata de mujeres y niñas; la explotación sexual; la mutilación genital femenina; el matrimonio precoz o forzado; las violencias originadas por tradiciones culturales que atentan contra los derechos de las mujeres; las derivadas de conflictos armados; la ‘ciberviolencia’, y cualquier otra forma que sea susceptible de lesionar la dignidad, integridad o libertad de las víctimas.

Con el fin de reforzar la garantía de protección a la infancia y adolescencia, el anteproyecto extiende el concepto normativo de víctima a los hijos expuestos a la violencia que sufren sus madres y a los que sean agredidos. También incluye en el término ‘mujer víctima’ a las menores de edad, con el fin de que estas reciban la misma asistencia específica que se presta a las mayores.

En la misma línea, y de acuerdo con las últimas modificaciones de la legislación estatal, la futura ley también exigirá, como requisito previo para el ejercicio de profesiones que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por algún delito contra la libertad e indemnidad sexuales (agresión, abuso o acoso sexual, exhibicionismo, provocación, prostitución y explotación sexual, corrupción de menores o trata de seres humanos). Para ello, se deberá acreditar una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, de ámbito estatal y en funcionamiento desde 2015.

En sintonía con el Convenio de Estambul, el Observatorio Andaluz de la Violencia de Género homogeneizará sus indicadores de análisis e incluirá la garantía de formación permanente de los profesionales que trabajan en la lucha contra la violencia de género, más allá del ámbito de la Administración autonómica. Igualmente, en materia de sensibilización, se exige a los medios de comunicación de titularidad pública acciones de forma continuada más allá de las que se realizan habitualmente en fechas conmemorativas.

Respecto a la protección, el anteproyecto incorpora el derecho a recibir atención adecuada sin necesidad de previa interposición de denuncia, una medida que ya se lleva a cabo en Andalucía. También se regula de forma más precisa el Plan Personal de Seguridad, que da respuesta a las víctimas, y el sistema de atención integral a través de la ventanilla única.

Finalmente, en el marco de la coordinación institucional, se reconocen los Centros Municipales de Información de la Mujer como unidades de referencia de atención e información a las víctimas de violencia de género.

Pacto de Estado

El borrador de modificación legislativa aprobado, en el marco de las competencias autonómicas, se sitúa en línea con la propuesta de Pacto de Estado para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, que el Gobierno andaluz remitió el pasado 11 de noviembre al Ejecutivo central con el fin de promover una respuesta de alcance nacional a esta lacra. Gran parte de las medidas planteadas en este documento son de competencia estatal o requieren de la mejora de la coordinación entre las administraciones, por lo que no pueden circunscribirse al ámbito de las comunidades autónomas.

La propuesta andaluza cuenta con el respaldo de los distintos agentes sociales e instituciones, especialmente del Consejo Andaluz de Participación de las Mujeres (CAPM), órgano consultivo que representa a más de 2.000 asociaciones. Entre otras medidas urgentes, plantea la adaptación de la legislación estatal al Convenio de Estambul; la suspensión del régimen de visitas a los hijos para las personas denunciadas o condenadas por maltrato; la reposición del presupuesto estatal en prevención y asistencia social, recortado un 17% durante los últimos cuatro años; el mantenimiento de la red de atención directa en todos los niveles territoriales; la formación especializada de profesionales; el impulso de la coeducación, y la inclusión en las estadísticas oficiales de las personas afectadas indirectamente (familiares, amistades y entorno más íntimo de las mujeres) para conocer el alcance real del problema.

En lo que va de año, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha contabilizado ya 39 víctimas mortales, tres de ellas andaluzas, y 25 menores huérfanos a causa de este tipo de violencia. Desde que existen estadísticas (2003), más de 865 mujeres han perdido la vida a manos de sus parejas o exparejas en España (172 en Andalucía). Según la Macroencuesta de Violencia contra la Mujer 2015, el 63,6% de las que sufren o han sufrido malos tratos afirma que los hijos han presenciado estos episodios.

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