Ayuda al alquiler para emprendedor@s en el centro de Montilla

El ayuntamiento de Montilla ha dispuesto una ayuda, en régimen de concurrencia competitiva, para la apertura de negocios en locales comerciales del casco histórico

El importe asignado para este concepto es de : 24.000,00 euros, divididos de la siguiente manera: 200,00 euros por mes de alquiler efectivamente pagado, con un límite máximo de 2.400,00 euros (12 mensualidades), por beneficiari@

Podrán ser beneficiarias de esta subvención las personas físicas y jurídicas privadas, que ejerzan una actividad económica lucrativa, quedando excluidas aquellas que tengan cualquier tipo de deuda con el Excmo. Ayuntamiento de Montilla.

Requisitos

  1. Domicilio social y fiscal en el municipio de Montilla.
  2. Desarrollo directo de la actividad en régimen de alquiler en un local comercial ubicado en el casco histórico de Montilla.
  3. Plantilla no superior a tres trabajadores.
  4. No estar vinculadas o participadas en más de un 25 por ciento por empresas que no reúnan alguno de los requisitos anteriormente expuestos.
  5. Fecha de alta en el IAE dentro del plazo recogido en estas bases para solicitar las ayudas, a contar desde la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia, o en su defecto en los tres meses siguientes a la Resolución de las ayudas.
  6. Presentar un plan de empresa viable de la actividad que se desarrolla o se pretende desarrollar.

Requisitos del espacio susceptible de alquiler:

  1. Local comercial calificado como tal y ubicado en el casco histórico conforme a lo establecido en el Plan General de Ordenación Urbana.
  2. Contar con contrato legal de arrendamiento, en el que aparezca identificado la persona o empresa solicitante de la ayuda.

Gastos subvencionables
Tendrán la consideración de gastos subvencionables los importes abonados en concepto de alquiler.

No se considerarán gastos subvencionables:

  • Gastos de comunidad o cualquier otro gasto diferente del alquiler girado por los propietarios de los espacios a los inquilinos.
  • Fianzas constituidas como garantía del cumplimiento de las condiciones del contrato.
  • Impuestos correspondientes a los conceptos subvencionables.
  • Los suministros (luz, agua, teléfono y similares).
  • Los servicios complementarios (limpieza, seguros, administrativos, telefónicos, informáticos, Internet, recepción-atención al público, vigilancia, custodia de documentos y similares).

Criterios de valoración de los proyectos

  1.  Calidad técnica del plan de empresa: Hasta 40 puntos.En este apartado se valorará la definición y el grado de desarrollo del proyecto, haciendo referencia a aspectos tales como grado de compromiso del grupo promotor, viabilidad técnica-económica, grado de calidad, análisis y desarrollo del producto…
  2. Capacidad del equipo promotor: Hasta 30 puntos. En este apartado se valorará la formación y experiencia de las personas promotoras.
  3. Inversiones realizadas: Hasta 15 puntos. En este apartado se valorará el plan de inversiones inicial para la puesta en marcha de la empresa.
  4. Carácter innovador del proyecto en general. Hasta 15 puntos. Se valorará la identificación del proyecto como: Nuevo yacimiento de empleo; Aprovechamiento de nichos de mercado; Proyecto de desarrollo tecnológico; Proyecto de innovación organizativa y/o gestión avanzada (gestión medioambiental, eficiencia energética, diseño nuevo producto o/y proceso, etc.)…

Solicitud de las Ayudas y documentación preceptiva

  • Solicitud debidamente cumplimentada según modelo, que estará disponible en la Oficina de Información y Registro del Ayuntamiento de Montilla y en la WEB www.montilla.es .
  • Copia del NIF o CIF, de la persona promotora según corresponda.
  • Escritura de constitución y sus posteriores modificaciones, en su caso. Fotocopia del DNI de la persona con poderes de representación y de los poderes de representación.
  • Copia de Resolución sobre reconocimiento de alta en la Seguridad Social (donde figure la fecha del alta), en su caso.
  • Certificado de situación censal de la Agencia Tributaria, acreditativo de la fecha de alta de la actividad, epígrafe y el domicilio donde se ejerce la actividad empresarial.
  • Proyecto de empresa que incluya una memoria descriptiva de los datos básicos de actividad de la empresa, el currículo de las personas promotoras y el estudio de viabilidad económica y comercial de la misma. (Anexo II). En caso de empresa ya constituida, en lugar de proyecto de empresa se presentará balance y cuenta de resultados de los dos últimos ejercicios.
  • Contrato de arrendamiento:
    • En caso de desarrollar la actividad en un Centro de coworking o centro de empresas: Copia del contrato de arrendamiento firmado entre el centro de coworking o centro de empresas y la persona física o jurídica solicitante de la ayuda y fotocopia del mismo.
    • En caso de desarrollar la actividad en una ubicación mediante un contrato legal de alquiler: Copia del contrato de arrendamiento entre el arrendador y la persona beneficiaria de la ayuda.
  • Certificado de cuenta corriente bancaria donde hacer efectivo el pago en caso de concesión de la ayuda.

Presentación de solicitudes:
Las solicitudes completas han de ser entregadas antes del 27 de Agosto, en el Registro General del Ayuntamiento en horario de 8:30 a 14:00 horas o a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento; o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Forma de pago:
El abono de la ayuda se realizará parcialmente o al final de período subvencionado, previa justificación de la persona/empresa beneficiaria, del desarrollo de la actividad y de que efectivamente se desarrolla según el contrato de arrendamiento presentado (facturas y justificantes de pago), y conforme al siguiente cuadro de plazos:

Mensualidades pagadas Plazo de solicitud de abono

  • Hasta 30 de septiembre 2016 Del 1 al 10 de octubre 2016
  • Hasta 31 de diciembre 2016 Del 1 al 10 de enero 2017
  • Hasta 31 de marzo 2017 Del 1 al 10 de abril 2017
  • Hasta 30 de junio 2017 Del 1 al 10 de julio 2017
  • Hasta 30 de septiembre 2017 Del 1 al 10 de octubre 2017
  • Hasta 31 de diciembre 2017 Del 1 al 10 de febrero 2018

Para solicitar el abono de la ayuda se deberá presentar en la oficina del Registro del Ayuntamiento de Montilla (C/ Puerta de Aguilar nº 10) el correspondiente modelo normalizado (Anexo III) junto con los justificantes de haber hecho efectivo el pago del alquiler y certificado de situación censal de la Agencia Tributaria correspondiente a la fecha de solicitud del pago.

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