Abierta la convocatoria para el fomento de la Actividad Económica y Consolidación Empresarial

A partir de hoy se abre la convocatoria para el fomento de la Actividad Económica y Consolidación Empresarial por un plazo de 15 días naturales (hasta el 2 de noviembre) para personas físicas y jurídicas (incluye comunidades de bienes y sociedades civiles). La subvención es del 80% de la inversión hasta un máximo de 1.500€.

Para ser beneficiarios de las ayudas:

-Deben de estar constituidos formalmente y desarrollen su actividad en Montilla.

-El comienzo efectivo de la actividad sea anterior al 1 de enero de 2017.

-No hayan sido beneficiarios de la convocatoria anterior.

Se subvencionan los siguientes conceptos:

erán objeto de subvención los gastos relacionados con la actividad económica objeto del proyecto presentado y que se relacionan a continuación:

– Adecuación física del local, proyecto técnico y licencias y/o Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras correspondiente.

– Actuaciones de modernización y mejora de instalaciones y equipamientos de atención al público: instalaciones de iluminación de mayor eficiencia energética, mejora de escaparates, renovación de mobiliario, climatización, etc. Queda excluida la adquisición de equipamiento informático por obsolescencia del mismo; así como la simple adquisición de hardwares si no mejora la calidad de los servicios TIC que se presten.

– Adquisición de maquinaria y utillaje.

– Gastos de publicidad y marketing, incluido el establecimiento o mejora de la identidad corporativa: Gastos relativos a la realización de publicidad en los distintos medios de comunicación y soportes (excluidos los digitales), así como diseño de catálogos, folletos informativos, logotipos, envases, etc.

– Gastos relacionados a fin de conciliar la vida familiar y laboral, debidamente acreditados, entendiendo por tales aquellos relativos a la contratación de servicios o personas para el cuidado y atención de menores y personas dependientes de la persona solicitante, así como gastos de Guardería o Centros de día. Quedan excluidas a estos efectos las actividades extraescolares.

A efectos de esta convocatoria, se considerarán gastos e inversiones elegibles las que se realicen en los seis meses siguientes a la fecha de apertura del plazo de solicitud de las presentes ayudas.

Para mayor información y solicitud se ha de poner en contacto con el CADE de Montilla.

Adjuntamos enlace a la convocatoria https://bop.dipucordoba.es/show/20171018/announcement/3722

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