Un Juzgado declara nulo el despido de un delegado sindical de CTA y condena a la empresa TREICO a readmitirle y pagarle cerca de 49.000 € ya que la sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Córdoba considera que el despido fue un acto de represalia por la actividad sindical del trabajador.
El Juzgado de lo Social número 3 de Córdoba ha declarado nulo el despido de un delegado sindical de la Coordinadora de Trabajadores de Andalucía (CTA) en la empresa TREICO, perteneciente al grupo MANOLET.
La sentencia determina que la empresa vulneró los derechos fundamentales del trabajador, en concreto su libertad sindical.
Como consecuencia, la empresa ha sido condenada a la readmisión inmediata del trabajador, al pago de los salarios dejados de percibir desde su despido (salarios de tramitación) más el abono de una
indemnización compensatoria por los daños ocasionados al Trabajador de 20.000 €, en total la suma de lo que la Empresa tiene que abonar al trabajador asciende a casi 49.000 euros.
Los hechos
El despido se produjo en junio de 2024, cuando la empresa notificó al delegado su cese por motivos disciplinarios, imponiéndole una falta muy grave basada en acusaciones de «riñas y malos tratos de palabra u obra».
Sin embargo, el juzgado ha considerado que estas acusaciones carecían de base real y formaban parte de una campaña de hostigamiento de la Empresa hacia el Trabajador.
Persecución sindical probada
Según se desprende de la sentencia, el despido fue el episodio final de una persecución continuada contra el delegado como represalia por su defensa de los derechos de los trabajadores. Entre sus acciones, destacan:
- Su oposición frontal a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) propuesto por la empresa a finales de 2022, logrando que la compañía desistiera de su aplicación.
- La defensa de los derechos laborales adquiridos durante la negociación del convenio y en actuaciones con la Inspección de Trabajo.
Esta campaña de acoso ya había sido previamente sancionada por la justicia. El Delegado había recibido dos sanciones anteriores por motivos idénticos, las cuales fueron anuladas por los juzgados, que
condenaron a la empresa a indemnizarle con más de 8.000 euros por vulnerar sus derechos fundamentales.
Respaldo de otro sindicato a la empresa
Un aspecto destacado del caso es el rol del sindicato UGT. Tanto el Presidente del Comité de empresa como otros miembros del mismo, pertenecientes a UGT, declararon en sede judicial en apoyo de la postura de la empresa TREICO. Para CTA, esta actuación «evidencia una grave pérdida de valores y una complicidad con las prácticas antisindicales de la empresa».
A pesar de la Sentencia, la Empresa persiste en reprimir al trabajador. La Empresa ha optado por recurrir la Sentencia ante el T.S.J.A. y mientras sale la Sentencia de este alto Tribunal pagarle el salario al
trabajador en su casa, sin que vaya a trabajar.