Llevamos semanas acosados con las constantes subidas de la electricidad y de que el gobierno del reino lo paliará con el bono social, pero ¿qué es el bono social?, ¿quién puede solicitarlo?, ¿donde se solicita?…..
A estas y otras cuestiones va dedicado este artículo, vamos allá
¿Qué es el bono social?
El bono social de electricidad es un descuento en la factura eléctrica.
- De un 25% para consumidores vulnerables que cumplan los requisitos establecidos.
- De un 40% para consumidores vulnerables severos que cumplan los requisitos establecidos.
Si además, se es un consumidor en riesgo de exclusión social, porque se está siendo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que paguen al menos el 50% de la factura, no se tendrá que hacer frente a la factura eléctrica y, en caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.
¿Cuáles son los requisitos para solicitarlo?
- Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC)
- El PVPC es el contrato eléctrico establecido por el Gobierno en el que lo pagado por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía que resulta del mercado, más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales.
- Sólo puede contratarse el PVPC si se tiene una potencia contratada igual o inferior a 10kW.
- El PVPC se contrata con las comercializadoras de referencia.
- Además de tener contratado el PVPC se debe cumplir con los siguientes requisitos personales, familiares y de renta.
- Para ser consumidor vulnerable (25% de descuento)
- Para ser consumidor vulnerable severo (40% de descuento)
- Para ser consumidor en riesgo de exclusión social
¿Cómo solicitar el Bono Social?
Solicitándolo, por teléfono, correo electrónico, correo ordinario, o fax directamente a alguna de las comercializadoras de referencia, quienes tiene la obligación de ofrecer y financiar el bono social.
Comercializadora | Teléfono | Dirección postal | Fax | Correo |
---|---|---|---|---|
Endesa | 800 760 333 | Aptdo. Correos 1.167, 41080 Sevilla | No disponible | |
Iberdrola | 900 200 708 | Aptdo. Correos 61.017, 28080 Madrid | No disponible | |
Gas Natural | 900 100 283 | Aptdo. Correos 61.084 28080 Madrid | 934630906 | |
EDP | 900 902 947 | Aptdo. Correos 191 33080 Oviedo | 984115538 | |
VIESGO | 900 10 10 05 | Aptdo. Correos 460, 39080 Santander | 910911464 | |
CHC | 900 814 023 | Apartado de Correos: F. D. Nº 90 // 3300010 – 33080 Oviedo | 984115538 | |
Teramelcor | 800 00 79 43 | Aptdo. Correos 6 52006 Melilla | 951481180 | |
Alumbrado Ceuta | 900 103 306 | Aptdo. Correos 13, 51080 Ceuta | 956519534 |
* Información obtenida a partir del portal web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Otros beneficios del bono social
- El bono social de electricidad le permitirá también disponer de facturas eléctricas más claras, “sin letra pequeña”, en las que lo que se paga por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales.
- Los beneficiarios del bono social de electricidad cuentan con un periodo más prolongado para hacer frente a las facturas impagadas que el resto de consumidores (un periodo de 4 meses desde la primera notificación de impago, frente al plazo general de 2 meses).
Para más información
- www.mincotur.gob.es/energia/bono-social
- www.controlastuenergia.gob.es
- www.cnmc.es/bono-social