La sentencia de la Audiencia Nacional, a demanda de la Asesoría Confederal de USO en conflicto colectivo contra el convenio del contact-center, reconoce el derecho de las personas trabajadoras a disfrutar de un día adicional de descanso cuando exista solapamiento entre festivo y libranza. Obliga, además, a compensar los casos que no hayan prescrito y será extensible para todos los sectores.
Con esta resolución, se consolida de forma generalizada la doctrina judicial que impide que las empresas hagan desaparecer festivos mediante los cuadrantes de trabajo.
Se trata, además, de la primera sentencia que analiza específicamente la situación entre las personas trabajadoras con jornadas de lunes a viernes y de lunes a sábado en la actualidad.
“Desde USO, valoramos esta sentencia como un avance histórico en la defensa del descanso, la conciliación y los derechos laborales. Ninguna persona trabajadora debe perder festivos por la forma en que la empresa organiza el calendario. Los 14 festivos anuales deben disfrutarse plenamente por todas las personas trabajadoras, independiente de su jornada habitual”, asevera Sara García, secretaria de Acción Sindical y Empleo de USO.
García recalca que “tras la confusión de sentencias anteriores, ahora sí, será un derecho extendido a todas las personas trabajadoras, sin solapamientos ni recortes”.