La Fundación Mapfre ofrece la IV convocatorias de ayudas el empleo

El Programa “Accedemos” de Ayudas al Empleo es un proyecto impulsado por Fundación MAPFRE que busca fomentar el empleo a través del apoyo a las pequeñas y medianas empresas, autónomos y entidades sociales con necesidad de contratar, pero falta de recursos para ello.

Fundación MAPFRE, en su interés por colaborar con aquellos colectivos que más dificultades encuentran para acceder a un puesto de trabajo., dirige estas ayuda a pequeñas y medianas empresas, autónomos y entidades sociales que generen empleo cubriendo una vacante con una persona, sin limitación de edad alguna, en situación legal de desempleo que lleve en esta situación un mínimo de tres meses.

Así, quienes estén generando empleo y cumplan con los requisitos marcados en las bases de convocatoria, podrán solicitar la ayuda que otorga la Fundación.

Duración del Programa
El Programa lanzó su cuarta convocatoria desde el mes de abril de 2016 y finalizará en cuanto se concedan las ayudas previstas o, en su defecto, el 3 de octubre de 2016.

Características de la ayuda
La ayuda se otorgará con una duración máxima de NUEVE meses completos de contrato.
Este tiempo se adaptará en caso de sufrir alguna baja temporal el empleado por el que se concede la ayuda. Por tanto:

  • Se concederá una ayuda por valor de hasta 2.700€ en total (distribuidos en mensualidades de hasta 300€) para aquellos contratos de media jornada.
  • Se concederá una ayuda por valor de hasta 4.500€ en total (distribuidos en mensualidades de hasta 500€) para aquellos contratos de jornada completa.
  • Sólo se abonará la ayuda correspondiente al tiempo trabajado. En caso de finalización del contrato antes de los nueve meses de ayuda, por la razón que fuere, automáticamente se cancelará la misma. En caso de bajas temporales, por la razón que fuere, se suspenderá temporalmente el abono de la ayuda siempre y cuando el empleado se reincorpore de dicha baja en un plazo no superior a dos meses desde la fecha de inicio de la misma.
  • Cada empresa/autónomo/entidad social (empleador) sólo podrá solicitar una única ayuda por convocatoria, y deberá hacerlo antes de que pasen 30 días naturales desde la fecha de inicio de la contratación para la que solicitan la ayuda.
  • La ayuda al empleo es por haber contratado a alguien. No se podrá otorgar sin que la relación laboral entre empleador y empleado exista de antemano.
  • La ayuda se otorgará para contratos que sean a jornada completa o a media jornada, pero nunca a contratos de menos de 20 horas semanales.
  • En caso de producirse una baja médica, excedencia o cualquier otro permiso para interrumpir por un período de tiempo el contrato de trabajo y reanudarlo pasado el mismo, la ayuda de la Fundación se suspenderá para reanudarse sólo en caso de que dicho periodo no supere nunca los dos meses. Si lo superara, el pago de la ayuda no se retomará, por lo que se dejarán de abonar las cantidades que pudiera haber pendientes sin derecho a reclamación alguna.

Aportación de la Fundación

La Fundación otorgará un mínimo de 400 ayudas dotadas cada una de ellas con la cantidad máxima de QUINIENTOS EUROS (500 Euros) al mes para contratos a jornada completa y de una cantidad máxima de TRESCIENTOS EUROS (300 Euros) al mes para contratos a media jornada, durante nueve meses comenzando a contar desde la adjudicación de la ayuda respetando los plazos estipulados en estas bases, hasta un máximo de CUATRO MIL QUINIENTOS EUROS (4.500€) o DOS MIL SETECIENTOS EUROS (2.700€) según corresponda, o la cantidad inferior que coincida matemáticamente con el salario neto mensual del empleado durante esos nueve meses. Fundación MAPFRE podrá ampliar el número de ayudas a otorgar en función de su presupuesto y el importe entregado cuando no sean todas a jornada completa.

Dicha suma será ingresada directamente por la Fundación en la cuenta designada al efecto por el empleado por cuenta y orden del empleador, teniendo para dicho empleador la suma entregada carácter de donación.

No se realizará ningún pago hasta que no esté completa y correcta toda la documentación necesaria para recibir la ayuda.

Incompatibilidades

La participación en el Programa será incompatible con la percepción de cualquier retribución derivada de la realización de cualquier otro trabajo profesional por parte del nuevo empleado beneficiario de la ayuda de Accedemos, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena, así como con el cobro de las prestaciones por desempleo o de cualquier otro tipo de beca y/o ayuda de similares características a la presente.

Fundación MAPFRE podrá exigir el reintegro de la cantidad por ella aportada en caso de incumplimiento de estas incompatibilidades. Será responsabilidad de cada parte cumplir las que le competan.

OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES

Las obligaciones que habrán de asumir los empleadores y requisitos a cumplir en relación al presente Programa son las siguientes:

  • Estar al corriente de sus obligaciones de pago de cuotas e impuestos con la Seguridad Social y con las demás Administraciones Públicas.
  • En el caso de ser una empresa o entidad social, estar inscrita en el Registro público español que corresponda a su naturaleza y que acredita su personalidad jurídica (Registro Mercantil, Registro de Asociaciones, Protectorado de Fundaciones, etc). En el caso de los autónomos, estar dado de alta como empresario en la Seguridad Social.
  • No haber despedido a ningún trabajador desde el 1 de enero de 2016.
  • Haber contratado a una persona en situación legal de desempleo durante al menos los tres meses previos a la contratación.
  • Cumplir con sus obligaciones legales en todo lo que refiera a su calidad de empleador

PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Te recomendamos que te leas el resto de las bases, en las que se detallan algunos aspectos en mayor profundidad o visita su página web www.fundacionmapfre.org

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