Impuestos, tributos, tasas y demás

Llevamos un tiempo oyendo hablar de subidas de impuestos, de muchos o algunos de los cuales tenemos poco o nulo conocimiento. Es difícil hablar del sistema impositivo en España de forma entendible porque cada día hay más impuestos y cada vez sabemos menos de a dónde va a parar ese dinero que desaparece, de forma legal, de nuestro salario, negocio o empresa.

Vamos a intentar conocer de forma entendible que son lo que denominamos impuestos de forma general.

Vamos a comenzar por la Ley.

La Ley General Tributaria, en su artículo 2.2., letra c), define los impuestos como «los tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente».

Así pues, un  impuesto es un tributo que se paga al Estado para soportar los gastos públicos. Estos pagos obligatorios son exigidos tantos a personas físicas, como a personas jurídicas.

En España tenemos los siguientes impuestos:

Los impuestos se califican  en impuestos directos e indirectos.

Los impuestos directos o personales son aquellos que gravan el patrimonio o la renta de las personas con independencia de su destinación.

Los impuestos indirectos son aquellos impuestos que una persona debe pagar por el hecho de consumir o utilizar algo. Nos afectan a todos los ciudadanos por igual. Es decir, todos pagamos el mismo porcentaje de impuesto, independientemente del cual sea nuestro nivel de renta o poder adquisitivo.

IMPUESTOS DIRECTOS EN ESPAÑA

IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) e IRNR(Impuesto sobre la Renta de los No Residentes)

Este impuesto grava las rentas obtenidas por las personas físicas, como son por rendimientos del trabajo, actividades económicas o profesionales, ingresos de intereses, alquileres, variaciones patrimoniales, etc.

El cálculo de este impuesto se consigue aplicando las tablas de IRPF que está formada por diferentes tipos impositivos, desde el 19% al 47%, aplicando el que corresponda a la base imponible del contribuyente.

Impuesto de Sociedades

Este impuesto se aplica al beneficio que obtienen las personas jurídicas.

En este impuesto se declaran los beneficios que ha obtenido una persona jurídicadurante un ejercicio fiscal. Al igual que el IRPF,  el porcentaje que se aplica para el cálculo de la cuota tributaria, dependerá tanto del volumen de ingresos como de la categorización que tenga la entidad mercantil.

Impuesto sobre el Patrimonio

Grava la riqueza del contribuyente (bienes menos deudas) a partir de unas determinadas cantidades.

Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Grava cuando el contribuyente adquiere algún bien a título gratuito. (Herencia Donación etc.)

En Andalucía está exento del pago de este impuesto el contribuyente que por herencia o donación perciba una cantidad inferior a un millón de euros, para descendientes directos, ascendientes y cónyuge.

IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)

Es el impuesto que se devenga por tener una vivienda en propiedad u otro inmueble, su regulación la controla los Ayuntamientos de cada localidad.

Impuesto de Actividades Económicas

Este impuesto grava la actividad empresarial o profesional, pero sólo lo pagan las grandes empresas.

IVTM (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica)

El hecho imponible es la posesión de un vehículo a motor.

Plusvalía.- Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos

Este impuesto directo es consecuencia del aumento de valor del terreno de un inmueble en el momento de su transmisión.

IMPUESTOS INDIRECTOS EN ESPAÑA

IVA Impuesto sobre el valor añadido

Dentro de los impuestos indirectos tenemos que diferenciar entre los que gravan el consumo, que son los más conocidos, distinguiendo en estos el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) e impuestos especiales, que son los que gravan el alcohol, el tabaco, la matriculación de los coches, el carburante…).

Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y  Actos Jurídicos Documentados (IAJD).

Por otro lado, se encuentran también dentro de los impuestos indirectos las transmisiones de bienes y derechos que se han realizado fuera de la actividad empresarial. Se denominan Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y  Actos Jurídicos Documentados (IAJD). El dinero de los impuestos generalmente supone un ingreso público, aunque existen algunas excepciones regionales. Por ejemplo, en España, se recogen de forma estatal, salvo en la comunidad foral de Navarra y el País Vasco.

Impuesto sobre las Primas de Seguros

El Impuesto sobre las Primas de Seguros es un tributo de naturaleza indirecta que grava las operaciones de seguro y capitalización.

El Impuesto sobre las Primas de Seguros deberá ser repercutido íntegramente por las entidades aseguradoras sobre las personas que contraten los seguros objeto de gravamen. La repercusión se atendrá a lo establecido por la normativa reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido

El impuesto sobre las primas del seguro es un impuesto que está vigente desde el año 1997 y grava, aproximadamente, un 6% sobre el total neto del seguro contratado. Como ocurre en muchas ocasiones, existen excepciones que permiten que no todos los seguros tengan que pagar este tributo.

Afecta a:

  • Seguros de vida
  • Seguros de transporte internacional de mercancías o viajeros:  
  • Seguros de caución:  
  • Los reaseguros:  
  • Seguros de capitalización:   
  • Seguros de Crédito a la exportación y los seguros Agrarios Combinados
  • Seguros de buques o aeronaves que se destinan al transporte internacional: 
  • Los seguros sociales obligatorios y a seguros colectivos que instrumenten sistemas alternativos a los planes y fondos de pensiones

Diferencias entre impuestos directos e indirectos.

Mientras que los impuestos directos gravan la riqueza de las personas, los impuestos indirectos gravan el cómo se utiliza esta riqueza.

Las Tasas

Las tasas son tributos que se pagan por la utilización, para beneficio particular, de un bien público, por ejemplo, la tasa que pagan los bares por tener una terraza en la calle, o porque la Administración da un servicio, por ejemplo, la tasa que pagan todos los españoles por la renovación del DNI.

Las denominadas “tasas municipales” no son un impuesto. Son una contribución económica que pagan las personas y empresas en contraprestación por un servicio prestado por los municipios, tales como el alumbrado, barrido y limpieza o seguridad e higiene, entre otras cosas.

Los Arbitrios

Los Arbitrios Municipales son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de los servicios públicos de limpieza pública, parques y jardines públicos, los cuales son aprobados mediante Ordenanza, la misma que establece los montos de las tasas que deban pagar los contribuyentes.

Los impuestos municipales son pagados al Ayuntamiento por las y los contribuyentes dueñas y dueños de los establecimientos o personas que realizan alguna actividad gravada considerada municipal, de los cuales la recaudación de los impuestos le corresponde al Ayuntamiento.

No sé si me ha quedado algún impuesto más, pero quiero pensar, que al menos, ya podemos tener una idea más clara de por qué pagamos y a quien pagamos.

Soledad Galán Jordano Abogada


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