El 1 de julio entra en vigor el nuevo Reglamento de la Unión Europea que pone fin a la franquicia aduanera de envíos de bajo valor
La Dirección General de Consumo de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias de la Junta de Andalucía advierte a las personas consumidoras y usuarias de que el Consejo de la Unión Europea ha puesto fin a la exención de derechos de aduana para los productos importados desde fuera de la UE con un valor inferior a 150 euros. Esta medida entrará en vigor el 1 de julio con el objetivo de reforzar el control aduanero y proteger los intereses financieros de la Unión y sus Estados miembros.
La consejería dirigida por Antonio Sanz ha recordado que, hasta ahora, los envíos de terceros países por debajo de los 150 euros estaban libres de aranceles aduaneros. Sin embargo, con la nueva norma, desaparece esta franquicia y todos los artículos estarán sujetos a control y, en determinados casos, al pago de derechos de aduana.
Esta reforma del Reglamento de la UE responde al auge experimentado por el comercio electrónico internacional, que ha multiplicado las importaciones de bajo valor y ha facilitado prácticas como infravalorar productos para pagar menos impuestos o dividir artificialmente envíos para mantenerse por debajo del límite de 150 euros.
La norma, que previsiblemente repercutirá en los precios de estos productos, busca, por tanto, proteger los ingresos fiscales de los Estados miembros, garantizar la competencia equitativa para las empresas europeas, reducir el fraude aduanero en importaciones de bajo valor y adaptar el sistema a un entorno digitalizado, donde ya existen datos electrónicos de todas las importaciones. La UE considera que, en un entorno aduanero digitalizado donde ya se dispone de datos electrónicos de todas las importaciones, mantener la exención ya no está justificado.
En concreto, y mientras se desarrolla una nueva infraestructura informática centralizada para el cálculo y la notificación de la deuda aduanera, la UE ha establecido una medida temporal, entre el 1 de julio de 2026 y el 1 de julio de 2028, durante la que se aplicará un derecho de aduana de 3 euros por cada categoría de artículo contenido en un envío cuyo valor intrínseco no supere un total de 150 euros.
La medida se aplicará a las mercancías cuyos envíos estén gestionados bajo el sistema europeo de ventanilla única para importaciones (IOSS) y a mercancías enviadas por correo postal. Para los operadores que no estén en el sistema IOSS seguirá aplicándose el arancel aduanero común completo.
Consumo prevé que esta medida tendrá un impacto para las personas consumidoras europeas que podrán ver un aumento del precio final de los productos importados por el nuevo arancel de 3 euros por artículo, más controles aduaneros y posibles retrasos en la entrega, así como, posibles costes de gestión y despacho aduanero adicionales y afecta especialmente a las compras en plataformas de comercio electrónico de terceros países, como marketplaces internacionales de bajo coste.
Asimismo, subraya que no habrá que pagar derechos de aduana si los productos ya se encuentran en España o en cualquier otro país de la Unión Europea (UE) al momento de hacer el pedido. Lo único que determina si se aplica un arancel es el lugar de origen desde donde se envían las mercancías.
La Junta advierte, además, de que, si una empresa no especifica los costes de aduana en su web, es fundamental revisar los apartados de Términos y Condiciones o Sobre nosotros, donde se puede confirmar su dirección física y saber con certeza desde dónde enviarán el paquete. El momento en el que se cobrará el nuevo arancel fijo de 3 euros por categoría de artículo dependerá exclusivamente de las condiciones comerciales de cada plataforma de venta.
Finalmente, la Dirección General de Consumo recomienda tener en cuenta que las normativas de la Comisión Europea no permiten la devolución del arancel pagado, incluso si se decide devolver el producto. La única excepción para recuperar ese dinero es que se justifique que la mercancía estaba defectuosa o que no cumplía con lo estipulado en el contrato.