Siete millones para dispositivos de teleasistencia más avanzados

Siete millones para dispositivos de teleasistencia más avanzados donde las entidades sin ánimo de lucro tendrán prioridad en los conciertos de la Junta para la prestación de servicios sociales públicos

El Consejo de Gobierno ha aprobado una transferencia de crédito para incrementar en siete millones de euros el presupuesto destinado este año al Servicio Andaluz de Teleasistencia, del que actualmente se benefician 213.000 hogares con personas en situación de dependencia, mayores de 65 años y menores de esta edad con discapacidad.

La medida se dirige sobre todo a mejorar la atención a la dependencia de Grado I, que requiere la adquisición de dispositivos tecnológicos de teleasistencia avanzada para detección de situaciones de riesgo, como detectores de gas, humo o caídas, contadores inteligentes o geolocalizadores. Estos apoyos complementarios se ofrecen dentro o fuera del domicilio, o simultáneamente, así como la interconexión con los servicios de información y los profesionales de referencia de los sistemas sanitario y social, de acuerdo con procesos y protocolos de actuación en función de las necesidades detectadas.

El servicio de teleasistencia de la Junta de Andalucía atendió el pasado año más de 5,5 millones de llamadas, lo que supuso una media de 15.100 al día. En cuanto al perfil actual de las personas beneficiarias, el 60% viven solas, el 80% son mujeres y el 68% tiene una edad igual o superior a 80 años (la media es de 81). El 68% de las titulares se benefician de la prestación de forma gratuita.

La Junta destina este año al sistema de atención a la dependencia un total de 1.214 millones euros, prácticamente la misma cantidad que el Gobierno central invierte en el conjunto de todas las comunidades. Se cumple así el compromiso de incrementar en un 10% el presupuesto acumulado para este fin a lo largo de la legislatura. Con la transferencia aprobada, la partida para teleasistencia asciende a 30,5 millones de euros.

Prioridad para entidades sin ánimo de lucro en los conciertos sociales de la Junta
Por otra parte, el Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto regulador del concierto social, una figura administrativa especial que prioriza la contratación de entidades sin ánimo de lucro para la prestación de servicios sociales públicos, que sustituirá a las actuales fórmulas de convenios de colaboración y contratos convencionales -los que actualmente estén suscritos se mantendrán en vigor por un plazo máximo de dos años-. El decreto refuerza las garantías de calidad en la atención y fomenta la iniciativa social frente a la privada. Así, en igualdad de condiciones tendrán prioridad ese tipo de entidades o, en su defecto, otras similares como las cooperativas sin ánimo de lucro. Solo cuando éstas no concurran se podrá concertar con empresas.

De acuerdo con la norma aprobada, se valoran principios como los vínculos preexistentes de tipo afectivo o terapéutico de las entidades con las personas; la atención continuada a personas, familias o grupos; la proximidad a la población destinataria, y la asistencia especializada y de calidad. El objetivo es mantener al máximo una prestación en el entorno y con los mismos referentes personales y profesionales, capaz de garantizar la seguridad emocional que necesitan las personas que viven en residencias o asisten a centros de día.

Cláusulas sociales
Los vínculos preexistentes de tipo afectivo o terapéutico de las entidades con las personas; la atención continuada a personas, familias o grupos; la proximidad a la población destinataria, y la asistencia especializada y de calidad serán válidos para los conciertos. (Pinchar para ver Ampliación)

La regulación del concierto social incluye exigencias relativas la dignidad de las condiciones laborales, la inclusión social, la igualdad de género y el respeto al medio ambiente. Cuando las entidades licitadoras tengan una plantilla igual o superior a cincuenta personas, al menos un 2% deberán ser discapacitadas. Por su parte, las de más de 250 trabajadores deberán disponer de un plan de igualdad entre hombres y mujeres, mientas que las restantes garantizarán medidas e iniciativas de incorporación de la perspectiva de género.

Para la realización de estos conciertos, las entidades deberán estar inscritas en el correspondiente Registro de entidades, centros y servicios sociales. La duración máxima será de ocho años, incluidas las prórrogas, y en todo caso deberá garantizarse la continuidad de la prestación o del servicio. El decreto aprobado desarrolla una de las principales previsiones de la Ley de Servicios Sociales de Andalucía, en vigor desde 2017.

Las prestaciones garantizadas tienen la consideración de derecho subjetivo y, por tanto, pueden ser exigidas ante los tribunales de justicia. Forman parte de su catálogo los servicios de información, valoración, orientación y asesoramiento; los específicos de protección de menores en situaciones de riesgo o desamparo; los programas de intervención social y su seguimiento; la teleasistencia; la atención en urgencia social; las prestaciones económicas específicas y directas contra la exclusión y para la erradicación de la marginación y la desigualdad; la protección y amparo de las víctimas de violencia de género y trata, y la protección jurídica y social de personas con capacidad limitada.

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