queda libre el Puesto 69 del mercadillo

Habiendo quedado libre el puesto nº 69  del mercadillo municipal, se abre un plazo de UN MES, a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) del día 29-12-2014,  para poder solicitar los interesados el puesto, mediante modelo de solicitud. También se facilitará en la Oficina de Atención al Ciudadano.

CRITERIOS PARA LA CONCESIÓN DE LAS AUTORIZACIONES.

En el caso de concurrencia competitiva, dentro del derecho de libre establecimiento y de libre prestación de servicios, la presente Corporación Municipal, con el fin de conseguir una mayor calidad de la actividad comercial y el servicio prestado, la mejor planificación sectorial, el mejor prestigio y la mayor seguridad del mercadillo, deberá tener en cuenta los siguientes criterios para la adjudicación de los puestos, con las puntuaciones otorgadas a cada uno de los apartados del baremo indicando en su caso los valores intermedios y los valores máximos, en su caso; teniéndose en cuenta que la puntuación contemplada en el apartado referido a política social no ha de ir en detrimento de la profesionalización de los comerciantes:

a.- La disponibilidad de instalaciones desmontables adecuadas para la prestación de un servicio de calidad. Puntuación: máximo 1 punto.

  • Si es del tipo lineal, 0 puntos.
  • Si es de forma de U o doble U, 0,5 puntos.
  • Si tiene probador, 0,3 puntos.
  • Si no tiene probador, 0 puntos.

b.- La experiencia demostrada en la profesión, que asegure la correcta prestación de la actividad comercial. Puntuación: máximo 1 punto.

  • Por cada mes de experiencia ininterrumpida hasta el momento de la solicitud, 0,2 puntos. Por cada mes de experiencia no continuada, 0,1 puntos.

c.- La consideración de factores de política social, (Puntuación: máximo 1 punto) como:

– Las dificultades para el acceso al mercado laboral de los solicitantes: 1 punto si proviene de alguno (s) de los siguientes colectivos: jóvenes menores de 30 años, parados de larga duración, mayores de 45 años o mujeres.

d.- Poseer los solicitantes algún distintivo de calidad en materia de comercio ambulante. Puntuación: máximo 1 punto.

  • 0,5 punto por cada distintivo de calidad que posea el solicitante,
  • 0 puntos si carece de calidad.

e.- Haber participado los solicitantes en cursos, conferencias, jornadas u otras actividades relacionadas con el comercio ambulante, especialmente aquellas que pongan de manifiesto el conocimiento de las características particulares (etnográficas y culturales) de este término municipal, así como de su mercadillo. Puntuación: máximo 1 punto.

  • Conferencias, jornadas, seminarios, etc.: 0,1 puntos por cada uno con un máximo de 0,5 puntos (si tienen más de 5 años desde su realización se puntuará la mitad).
  • Cursos: por cada 50 horas de formación 0,3 puntos ( si tienen más de 5 años se puntuará la mitad).

f.- No haber sido sancionados los solicitantes, con resolución firme, por infracción de las normas reguladoras del comercio ambulante o de consumo. Puntuación: máximo 1 punto.

  • 0 sanciones en los 5 últimos años: 0,5 puntos.
  • 0 sanciones en más de 6 años: 1 punto.

g.- La mercancía innovadora. Puntuación: máximo 1 punto.

  • Si la mercancía para la que se solicita la autorización de venta no existe en el mercadillo de Montilla: 1 punto.
  • Si la mercancía para la que se solicita la autorización de venta existe en el mercadillo de Montilla: 0 puntos.

h.- Acreditar documentalmente estar adherido a un sistema arbitral de consumo: mediación o arbitraje, para resolver las reclamaciones que puedan presentar los consumidores y usuarios. Puntuación: máximo 0,5 puntos.

  • Por estar adherido: 0,5 puntos.
  • Por no estar adherido: 0 puntos.

i.- Encontrarse inscrito en algún Registro General de Comercio Ambulante o similar, dentro de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea, y consecuentemente ser reconocido como profesional del sector (carnet profesional). Puntuación: máximo 0,5 punto.

  • Por estar inscrito: 0,5 puntos.
  • Por no estar inscrito: 0 puntos.

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