La Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad ha publicado las bases para las Subvenciones individuales para personas con discapacidad, destinadas a facilitar la mayor autonomía posible a las personas con discapacidad.
Podrán solicitarse estas subvenciones para las siguientes actuaciones:
- La adaptación de vehículos a motor.
- La adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis, así como la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad, siempre que, en los dos casos no se encuentren en el catálogo general de prestaciones ortoprotésicas del SAS.
- Los gastos de desplazamiento de personas con discapacidad al centro residencial o de día al que deban asistir, en aquellos casos en que no puedan hacer uso total o parcial del servicio disponible, así como los gastos de desplazamiento de los niños y niñas de 0 a 6 años que estén recibiendo atención temprana para desplazarse al centro al que deban asistir.
Elena Guisado, de Ortopedia el Santo, nos habla sobre estas nuevas subvenciones para discapacitados y nos recuerda que el plazo de presentación finaliza el 19/06/2025.
Cómo realizar el trámite
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica.
- Presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa.
- Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo por aquí
Requisitos
- Tener reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33% y poseer resolución de reconocimiento del grado el último día de presentación de solicitud.
- Que la renta per cápita de la unidad económica de convivencia no sea superior a 1,25 veces el IPREM ,entendiendo por unidad económica de convivencia a todas aquellas personas que convivan en el domicilio de la persona solicitante y se encuentren incluidas en el certificado o volante de empadronamiento conjunto. Tanto para el cálculo de la renta per cápita como para el IPREM, se tomará como referencia el año correspondiente al último ejercicio fiscal con plazo de presentación de la declaración de renta vencido.
- Disponer de un presupuesto cierto
- En el caso de subvenciones para la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad así como para la adquisición, renovación o reparación de recursos tecnológicos, se exigirá, además, informe favorable del Centro de valoración y orientación que será solicitado de oficio por el órgano que tramita la subvención.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Documentación
Documentación acreditativa a aportar junto al Anexo II:
- Documentación acreditativa de la situación económica de todos los miembros de la unidad económica de convivencia
- El presupuesto o factura del gasto correspondiente a la adaptación de vehículos de motor. adquisición, reparación y renovación de prótesis y órtesis. adquisición, renovación y reparación de otros productos de apoyo. adquisición, renovación o reparación de recursos tecnológicos y gastos de desplazamiento.
- Certificado o volante de empadronamiento colectivo.
- En su caso, la documentación acreditativa del reconocimiento de una discapacidad en grado igual o superior al 33%,de los miembros de la unidad económica de convivencia con discapacidad
- Certificación o Resolución del grado de dependencia, en su caso.
- Documento acreditativo de la cuenta corriente cuya titularidad corresponda a la persona solicitante y, en caso de minoría de edad, del padre, la madre o persona tutora que lo represente
- En su caso, fotocopia del carné de familia numerosa
- En la modalidad de adaptación del vehículo de motor, copia del permiso de conducir. Cuando la persona beneficiaria última de esta ayuda sea un o una menor de edad, el permiso de conducir será presentado, en su caso, por el padre, la madre, la pareja de hecho de cualquiera de los progenitores, o la persona que legalmente lo represente.
- En la modalidad de adquisición y renovación de prótesis y órtesis dentales, la correspondiente prescripción facultativa en el caso de que el presupuesto o factura aportada no fuera emitido por un médico odontólogo colegiado.
Formularios
- Anexo II. Línea 2. Formulario de alegaciones/aceptación/ reformulación y presentación de documentos. Subvenciones individuales para personas con discapacidad. Nº: 003503/1/A02 (Obligatorio)
- Anexo I. Línea 2. Solicitud de subvenciones individuales para personas con discapacidad. Nº: 003503/1 (Obligatorio)