Ya esta abierto el plazo de solicitud de la nueva convocatoria de Ayudas Económicas a la Natalidad y/o Adopción en municipios de la provincia, ayudas que dirigidas a municipios de población inferior a los 50.000 habitantes y ELAs y cuentan con un presupuesto de un millón de euros.
Las ayudas van dirigidas a los nacidos entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025 y son ayudas de 600 euros que se destinan a todo tipo de familias.
Las ayudas consistirán en la concesión de una prestación económica de pago único por nacimiento o adopción de un hijo/a. La finalidad que se persigue es contribuir a que las familias reciban una aportación económica extraordinaria para cubrir algunos de los gastos que supone el nacimiento o la adopción de menores, incentivar la natalidad y contribuir a fijar a la población en los núcleos con población inferior a los 50.000 habitantes de la provincia.
Las nuevas bases incorporan novedades con respecto a la presentación de solicitudes y la documentación exigida. Así, las solicitudes se presentarán exclusivamente por medios telemáticos en la sede electrónica de la Diputación a través del tramitador habilitado al efecto, hasta el 10 de Noviembre. Además, se ponen a disposición de los ciudadanos los Puntos Vuela de la provincia para ayudarles en la tramitación. Para facilitar a los ayuntamientos la emisión del Certificado de Empadronamiento se implementa en el Programa del Padrón Municipal un certificado específico que será el único documento válido a aportar por el ciudadano.
Con carácter general, podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas los progenitores y/o adoptantes que presenten solicitud de subvención en el plazo y según modelo normalizado de la convocatoria cuando concurran las siguientes circunstancias; que el domicilio del menor coincida con la persona beneficiaria, que dicha persona conviva con el menor que motiva esta prestación, que tenga la residencia administrativa en cualquiera de los municipios de la provincia con población inferior a los 50.000 habitantes y que se encuentre empadronado de manera ininterrumpida en uno de los municipios (con antigüedad de al menos un año).