Sanción a Caixabank con 2,37 millones por falta de información en la contratación hipotecaria

El Consejo de Gobierno ha acordado sancionar con 2,37 millones de euros a la entidad Caixabank, SA, por falta de información de prestación de servicio en relación con los contratación hipotecaria y por no atender a los requerimientos formulados por la Administración.

El procedimiento se inició en diciembre de 2016, tras la recepción de 352 denuncias de particulares, que fueron tramitadas en el marco de una campaña de control de la Inspección de Consumo. Con este son ya ocho los expedientes sancionadores a entidades bancarias resueltos por el Consejo de Gobierno en lo que va de año, con casi 11,5 millones de euros por las infracciones y el comiso de las cantidades indebidamente cobradas.

La sanción impuesta a Caixabank incluye 380.000 euros por una infracción muy grave y otra grave contra la legislación vigente de defensa de los consumidores. Además, se acuerda el comiso del beneficio ilícito obtenido, cuantificado en 1.997.182 euros.

La infracción calificada como muy grave, sancionada con 350.000 euros, se deriva de la falta de información de prestación de servicio. En un gran número de las denuncias analizadas se comprobó que la entidad infractora no había aportado los datos precontractuales que son obligatorios o los había facilitado defectuosamente, tanto en el contenido como en la forma y en el plazo. Por su parte, el incumplimiento de las medidas y requerimientos realizados por la Administración a la entidad en relación con estas prácticas ha sido calificado como infracción grave.

Para la fijación de estas cantidades se han tenido en cuenta como agravantes la posición relevante del infractor en el mercado, el hecho de que la entidad ya ha sido sancionada con anterioridad por incumplimientos de la normativa y el perjuicio causado a los consumidores, valorado en la misma cantidad del comiso por beneficio ilícito.

Además de la legislación que se aplica en estas sanciones, la comunidad autónoma cuenta también con la Ley de protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias en la contratación hipotecaria de vivienda, aprobada por el Parlamento andaluz en mayo de 2016 para aumentar las garantías y el derecho a la información de los andaluces en estas materias. El texto aporta una serie de mejoras respecto a la normativa estatal en cuanto a los datos que se debe proporcionar a quien suscribe un préstamo hipotecario y, además, extiende la protección a los avalistas.

Asesoramiento de la Junta
La Administración autonómica asesora a la ciudadanía a través del servicio Consumo Responde, que en lo que va de año ha atendido 2.273 consultas relacionadas con el ámbito financiero. Las reclamaciones recibidas sobre entidades bancarias en el mismo periodo han alcanzado la cifra de 1.386 (10,1%).

Si se toma como referencia la fecha de puesta en marcha del Registro autonómico de consumo, desde 2013 se han contabilizado 10.574 reclamaciones relacionadas con el sector financiero (9,6% del total), a lo que se suman las 1.434 inspecciones realizadas en este sector.

Las denuncias presentadas por la ciudadanía ante la Consejería de Salud, competente en materia de consumo, son mayoritariamente a título particular, aunque también se canalizan a través de asociaciones de consumidores y usuarios. La cuantía de las sanciones impuestas a cada entidad se calculan en base a las denuncias que han dado origen a cada uno de los expedientes. A la hora de abrir los procedimientos, se priorizan los casos de mayor alcance para dar la respuesta más amplia posible, teniendo en cuenta los plazos normativos, los recursos existentes y el número de personas afectadas.

Entradas relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *