Andalucía registró a lo largo del año 2016 un total de 2.038 mediaciones con menores infractores, un 5% más que el año anterior, gracias al programa que gestiona la Consejería de Justicia e Interior para impulsar este mecanismo de resolución extrajudicial de conflictos como método de reeducación y reinserción.
El 65% de las mediaciones realizadas durante el pasado año con menores infractores se resolvió de forma positiva en la comunidad andaluza y se evitó que el caso tuviese que ser resuelto en un juicio. Por el contrario, el 10% de las mediaciones emprendidas resultaron inviables, mientras que el 25% restante se encontraban aún en tramitación al finalizar 2016.
El balance de la Consejería de Justicia e Interior refleja que de las mediaciones resueltas, el 51% se saldó con una reparación del daño causado por el menor infractor, el 26% con un acto de conciliación y una reparación incluida, y el 23% únicamente con una conciliación.
Andalucía cuenta con ocho equipos de mediación, cuyos profesionales tratan de que el infractor se responsabilice de las consecuencias de su delito o falta, comprenda el mal que haya causado, pida perdón a la víctima y repare el daño causado con las medidas que en cada caso se establezcan para ello.
De las 2.030 mediaciones con menores infractores realizadas en 2016, el 71% se llevó a cabo con chicos y el 29% con chicas. En cuanto a los tramos de edad, la mayoría de los beneficiarios de este sistema de resolución extrajudicial fueron menores de entre 16 y 17 años, que representan el 52%, seguidos de los 14 y 15 años -41%-, mientras que los que han cumplido los 18 años suponen el 7%.
La Consejería de Justicia e Interior apuesta claramente con este programa por los principios educativo, restaurativo y de responsabilidad por los hechos cometidos por los menores infractores, y considera que sus resultados demuestran la eficacia y eficiencia de esta medida.
Este tipo de soluciones extrajudiciales tienen una finalidad educativa y socializadora basada en la prevención general, que conllevan múltiples beneficios como el ahorro de costes y de tiempo en la resolución de conflictos con menores involucrados. Además, sobresale la importancia de la participación de las partes en litigio, que refuerza la solución alcanzada al haber sido acordada y compartida.
La función del mediador no es, sin embargo, resolver el conflicto, sino conducir el proceso técnicamente para llevar a cabo la negociación. Estos profesionales no solamente informan y observan, sino que preparan también a las partes para el encuentro, introduciendo elementos de reflexión que posibiliten el acercamiento y el acuerdo.
El fomento de la mediación como sistema de resolución extrajudicial de conflictos es una prioridad para el Gobierno andaluz, ya que contribuye a mitigar la alta litigiosidad en la Administración de Justicia y puede ofrecer una respuesta más rápida y práctica para las partes implicadas.