Rafael Llamas regula los movimientos de personas y animales

Reproducimos el último decreto de Rafael Llamas, Alcalde de Montilla en el que regula los movimientos de las personas y con sus animales.

Ante la evolución que se está produciendo en la propagación de la pandemia del coronavirus COVID-19, y en aras a incrementar la protección de nuestros ciudadanos y ciudadanas, se hace preciso la adopción de nuevas medidas que regulen las actividades permitidas dentro del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, a este respecto y de conformidad con las atribuciones que me están conferidas por el artículo 21.1.m) de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, HE RESUELTO:

1º.- Regulación de los paseos de perros:

  • La distancia máxima a la que podrá realizarse el paseo es de 200 metros desde el lugar de residencia de la persona titular del perro. A los efectos de poder acreditar esta indicación, será necesario que la persona (una única persona) que pasea al perro aporte documentos que identifiquen al animal, y se identifique con su Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento que haga sus veces, al objeto de determinar la distancia permitida a la que podrá pasear el perro.
  • Los horarios permitidos en los que se podrán pasear a los perros de lunes a domingos son los siguientes:
    • Mañanas: desde las 7,00 hasta las 9,00 horas.
    • Tardes: desde las 14,00 hasta las 16,00 horas.
    • Noches: desde las 21,00 hasta las 23,00 horas.
  • Los perros no podrán tener contacto con otros animales ni personas.
  • Se deberá llevar botella de agua con detergente para limpiar posteriormente la orina y bolsas para las heces.

2º.- Compras de primera necesidad en farmacia o tiendas:

  • Deberá comprarse de una vez todos los productos necesarios, limitando al máximo las salidas y evitando las compras diarias, debiendo planificarse estas para hacerlas preferentemente para una semana.
  • Las compras las realizará una sola persona por familia.
  • Las personas mayores de 65 años, personas dependientes, o personas con discapacidad, deben hacer uso del servicio de entrega a domicilio que podrán solicitar a través de los siguientes medios:
    • Servicios Sociales Municipales: Teléfono 957 65 47 22 (en horario de mañana) correo electrónico: ss@montilla.es
    • Policía Local: Teléfono 957 65 26 26 (en horario de tardes)
  • El servicio de entrega a domicilio debe solicitarse como mínimo con un día de antelación a cuando se tenga previsto necesitar el producto encargado.

3º.- Cuidado de animales o huertos:

  • Sólo se permitirá el traslado desde el domicilio hasta la ubicación de los animales o huertos una vez al día.

4º.- Las sanciones que podrán acarrear el incumplimiento de estas indicaciones podrán oscilar entre los 100,00€ y los 30.000,00€ conforme al Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y demás normativa relacionada con la tenencia de animales de compañía.

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