Pautas del estado de alarma que vienen para quedarse en Atención Primaria

Durante el estado de alarma se han establecido pautas generales para evitar desplazamientos y disminuir la frecuentación mientras se mantiene la asistencia sanitaria imprescindible, permitiendo dedicar los recursos suficientes a la atención por coronavirus.

Una vez superado el estado de alarma, la Orden de 19 de junio (1.32 MB) establece las medidas preventivas de salud pública para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19).

Atención al público

  • En los servicios de atención al público se priorizará la atención telefónica y telemática.
  • Para el caso de atención presencial, si fuera necesario, previa valoración de los centros directivos, se organizarán los efectivos para garantizar la prestación del servicio.

Consultas telefónicas en atención primaria

  • Se está promoviendo la consulta telefónica con los profesionales de medicina de familia, enfermería y pediatría (reservando espacios en las agendas para esta actividad).
  • Tras la solicitud de cita por parte del usuario, es el profesional asignado quien realiza la llamada para realizar la consulta e indica la realización de una consulta presencial.
  • Asimismo se está promoviendo que la solicitud de renovación de recetas se realice telefónicamente.

Aplazamiento o suspensión de actividades no urgentes

  • Se podrán aplazar, en función de la disponibilidad de recursos y la situación epidémica local, las actividades sanitarias programadas y no urgentes en los centros sanitarios de atención primaria y hospitalaria (consultas, exploraciones e intervenciones). 
  • Se mantienen sin efecto provisionalmente,  hasta el momento en que se normalice la actual situación epidemiológica ocasionada por COVID-19, las garantías de plazo de respuesta recogidas en el Decreto 209/2001, de 18 de septiembre, por el que se establece la garantía de plazo de respuesta quirúrgica en el Sistema Sanitario Público de Andalucía y en el Decreto 96/2004, de 9 de marzo, por el que se establece la garantía de plazo de respuesta en procesos asistenciales, primeras consultas de asistencia especializada y procedimientos diagnósticos en el Sistema Sanitario Público de Andalucía. 

Reducción de visitantes en centros sanitarios

  • En relación con los acompañantes de las personas que son atendidas en servicios de urgencia, centros de atención primaria, así como en el caso de pacientes hospitalizados, sólo se autorizará a una persona por cada paciente, mediante acreditación del centro sanitario.
  • Continúa la suspensión de la actividad del personal voluntario en los centros sanitarios. 
  • Se reanudan las visitas de los informadores técnicos sanitarios a los centros sanitarios, que tendrán que habilitar un espacio específico cercano a la salida para las reuniones, con cita previa.

Otras líneas de intervención

  • Acelerar la implantación de la telemedicina para las distintas especialidades que puedan soportar esta práctica, de cara a disminuir la alta frecuentación.
  • Potenciar la actividad de cirugía ambulatoria con la finalidad de liberar posibles incrementos de demanda en las plantas de hospitalización.
  • Potenciar las consultas en “acto único” para disminuir el número de visitas de los pacientes al hospital.

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