Hoy mandamos nosotr@s, hoy toca votar

Fuera a parte de ese grupúsculo cada vez menos numeroso de personas que votan siempre al mismo partido llueva, truene, prevariquen o roben, los demás tenemos hoy un día grande, el día de votar quien queremos que nos lleve por la buena senda.

Un día como hoy la democracia deposita sobre nuestros hombros el peso  y la responsabilidad de elegir que proyecto y que equipo, por que detrás de cada uno de l@s candidat@s hay un equipo que puede mandar mas que la persona electa, no lo olvidemos.

Así que desde Montilla Abierta os animamos a ir a votar, a ejercer ese derecho que nuestros mayores consiguieron y no caigas en esa frase maldita de «votar no sirve para nada», un día como hoy les recuerda a todos nuestro políticos que ell@s trabajan para nosotros y no nosotros para ell@s

No se donde votar, ¿como lo averiguo?
Tienes dos opciones, o vas al Ayuntamiento y consultas el listado o bien llamas a la Oficina del Censo Electoral de Córdoba 957498500 y lo preguntas.

Que horario hay
Puedes ejercer tu derecho a votar de 9 de la mañana a 8 de la tarde ininterrumpidamente. Llévate el DNI, es imprescindible.

¿Qué es un voto válido, y un voto nulo?
Se considera voto válido el voto a candidatura y el voto en blanco, depositados en la urna con las exigencias legales.

El voto en blanco es en las Elecciones al Parlamento de Andalucía el sobre que no contiene papeleta y el voto emitido a favor de alguna candidatura legalmente retirada.

Es nulo el voto emitido en sobre diferente del modelo oficial o alterado; o papeleta diferente del modelo oficial, alterada, rota o rasgada; así como el emitido en papeleta sin sobre, según ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, o en el que no pueda dilucidarse la voluntad del elector (por ejemplo, sobre que contenga más de una papeleta de distinta candidatura).

En el supuesto de que el sobre de votación contenga más de una papeleta de la misma candidatura, se computará como un solo voto válido.

En el caso de elecciones al Parlamento de Andalucía, serán también nulos: los votos emitidos en papeletas en las que se hubiera modificado, añadido o tachado nombres de los candidatos o alterado su orden de colocación, así como aquellas en las que se hubiera producido cualquier otro tipo de alteración  de carácter voluntario e intencionado.

No son votos nulos los de aquellas papeletas en las que se hubiera introducido alguna señal o marca que no genere duda sobre la voluntad del elector.

¿Quiénes forman parte de una Mesa Electoral?
Está compuesta por tres ciudadanos -un Presidente de Mesa y dos Vocales- elegidos por sorteo entre las personas censadas en una sección electoral, que sean menores de setenta años y sepan leer y escribir, si bien a partir de los sesenta y cinco años se puede renunciar en el plazo de siete días.

El Presidente debe tener el título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo grado o subsidiariamente el de Graduado Escolar o equivalente.

Además de la presidencia y las vocalías, pueden asistir a los actos de la mesa y participar, con voz pero sin voto, en sus deliberaciones, las personas interventoras y, en su caso, las personas apoderadas que hayan nombrado los partidos que presenten candidaturas en la circunscripción.

¿Qué es un interventor?
Los interventores de cada candidatura pueden asistir a la Mesa y participar en sus deliberaciones con voz pero sin voto. A estos efectos, los Interventores de cada candidatura acreditados ante la Mesa pueden sustituirse entre sí.

Desempeñan su función sólo ante la Mesa en la que están acreditados, pudiendo formular reclamaciones y protestas y pedir certificaciones.

Votan en la Mesa ante la que están acreditados, aunque no estén incluidos en el censo de la misma, siempre y cuando figuren en la circunscripción correspondiente a esa Mesa. En caso contrario, votarán por correo. El representante de cada candidatura puede nombrar, hasta tres días antes de la elección, dos interventores por cada Mesa Electoral, mediante la expedición de credenciales talonarias, con la fecha y firma al pie del nombramiento.

¿Qué es un apoderado?
Los apoderados son ciudadanos mayores de edad y que se hallan en pleno uso de sus derechos civiles y políticos, a quienes los representantes de cada candidatura han otorgado poder a favor de cualquier ciudadano, al objeto de que ostente la representación de la candidatura en los actos y operaciones electorales.

Los Apoderados pueden acceder libremente a todos los locales electorales,   examinar el desarrollo de la votación y del escrutinio en cualquier Mesa, formular reclamaciones y protestas y pedir certificaciones.

Los Apoderados, si no hay Interventores de su candidatura, pueden actuar como tales ante la Mesa, participando en sus deliberaciones con voz y sin voto.

Los Apoderados deben identificarse como tales exhibiendo sus credenciales y su DNI y no votan en la Mesa si no figuran en el Censo de la misma.

Los interventores y los apoderados pueden llevar consigo emblemas o adhesivos con el nombre y las siglas de la candidatura que representan, sólo con la finalidad de identificarse como interventores o apoderados, sin que ello constituya propaganda electoral.

La ley D’Hondt
El sistema D’Hondt es una fórmula electoral, creada por Victor d’Hondt, que permite obtener el número de cargos electos asignados a las candidaturas, en proporción a los votos conseguidos (en proporción implica exactamente proporcional). Aunque sobre todo es conocido en el ámbito de la política, este sistema puede servir para cualquier tipo de distribución proporcional.

La ley D’Hondt tiene un alto grado de proporcionalidad en un sistema con un gran número de escaños a elegir por cada distrito, aunque dista mucho de la proporcionalidad cuando los votantes están divididos en numerosos distritos electorales con un número reducido de representación.

Se utiliza en los siguientes países europeos: Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda del Norte (en el Reino Unido), los Países Bajos, Polonia, Portugal, la República Checa y Suiza. En América, se utiliza asimismo en los siguientes países: Argentina, Chile, Colombia, Ecuador, Guatemala, Paraguay, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. También en Israel, Japón y Turquía. Algunos sistemas similares alternativos son el método Sainte-Laguë (ordinario y modificado) o el método danés.

Si no te has quedado claro, te ponemos un ejemplo.

 Antonio Galán

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