Desestimado el recurso contra la sanción a Cajasur Banco por cláusulas abusivas en hipotecas

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha acordado desestimar el recurso de reposición interpuesto por Cajasur Banco, SAU, contra la sanción de 1,12 millones de euros impuesta el pasado 19 de septiembre a esta entidad por introducir cláusulas abusivas en contratos de préstamos hipotecarios y por incumplimiento de la información de prestación de servicio.

En el acuerdo de desestimación, el Consejo ratifica las razones y los hechos probados que motivaron la resolución del procedimiento sancionador, iniciado en noviembre de 2016 tras la recepción de 109 denuncias de particulares en el marco de una campaña de control de la Inspección de Consumo contra la inclusión de ‘cláusulas suelo’ en las escrituras.

La sanción incluyó 630.000 euros por dos infracciones calificadas como muy graves y una grave contra la legislación vigente de defensa de los consumidores, además de un comiso de 498.000 euros de beneficio ilícito obtenido. Para su fijación se tuvieron en cuenta agravantes como el perjuicio causado a las personas consumidoras y la posición relevante de la entidad en el mercado.

La Administración autonómica asesora en esta materia a la ciudadanía a través del servicio Consumo Responde, que el pasado año atendió 2.573 consultas relacionadas con el ámbito financiero. Las reclamaciones recibidas sobre entidades bancarias en el mismo periodo alcanzaron la cifra de 2.438 (10,85%). De ellas, 146 fueron sobre cláusulas suelo (2.927 desde 2013).

El procedimiento se inició en noviembre de 2016, tras la recepción de 109 denuncias de particulares, que fueron tramitadas en el marco de una campaña de control de la Inspección de Consumo contra la inclusión de ‘cláusulas suelo’ en las escrituras.

Sanción de 1,12 millones de euros
La sanción incluye 630.000 euros por dos infracciones calificadas como muy graves y una grave contra la legislación vigente de defensa de los consumidores. Además, se acuerda el comiso del beneficio ilícito obtenido, cuantificado en 498.000 euros.

De acuerdo con la normativa vigente, son cláusulas abusivas aquellas que causan un desequilibrio en la posición entre el consumidor y el empresario, por ejemplo, reservando a éste facultades para interpretar, modificar o resolver unilateralmente el contrato; imponiendo garantías desproporcionadas al riesgo asumido, o estableciendo la renuncia del prestatario al derecho a la notificación en caso de cesión del préstamo. Esta práctica ha sido calificada como muy grave y sancionada con 275.000 euros.

De 325.000 euros es la multa por el incumplimiento, igualmente calificado como muy grave, del deber de información de prestación de servicio y, concretamente, sobre las ‘cláusulas suelo’. Estas se introducen en los contratos de préstamo hipotecario a interés variable (generalmente con el euríbor como índice de referencia) y prevén que, aunque el tipo se sitúe por debajo de un determinado umbral (suelo) establecido en la propia hipoteca, la persona consumidora seguirá abonando lo correspondiente a ese umbral y no la cantidad equivalente a la bajada del euríbor.

La tercera de las infracciones por no cumplir las medidas y requerimientos realizados por la Administración a la entidad en relación con estas prácticas, ha sido calificada como grave y sancionada con 30.000 euros.

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