Convocatoria de Becas de formación e investigación.

La Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática de la Junta de Andalucía convoca 10 becas de Formación e Investigación en materias relacionadas con la Unión Europea y las Comunidades Andaluzas en el exterior para 2019-2020, cuyo plazo de solicitud finaliza el 26 de noviembre.

Para 2019-2020, se convocan 10 becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea y con las Comunidades Andaluzas en el Exterior, de  conformidad con el artículo 7.2 de la Orden de 8 de noviembre de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea y con las Comunidades Andaluzas en el Exterior (BOJA núm. 225, de 15 de noviembre de 2013).

Las becas se adscriben a la Secretaría General de Acción Exterior de la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, en Sevilla, y a la Delegación de la Junta de Andalucía, en Bruselas, según las siguientes áreas de trabajo:

A) Becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea:

  • 5 Becas con destino en la Secretaría General de Acción Exterior de la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, en Sevilla.
  • 3 Becas con destino en la Delegación de la Junta de Andalucía, en Bruselas.

B) Becas de formación e investigación en materias relacionadas con Comunidades Andaluzas en el Exterior:

  • 2 Becas con destino en la Secretaría General de Acción Exterior de la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, en Sevilla.

Requisitos que deben reunir las personas beneficiarias.

 Podrán solicitar las becas las personas físicas que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos generales:

a) Poseer la nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea y tener la vecindad o haber nacido en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Además, podrá solicitarla quien, siendo persona de nacionalidad española o descendiente de persona con esta nacionalidad , se encuentre en uno de los supuestos previstos en el art. 5.2 del Estatuto de Autonomía de Andalucía.

En el caso de las becas de formación e investigación en materia relacionadas con Comunidades Andaluzas en el Exterior, las podrán solicitar, además, en su caso, quienes estén en posesión de la Tarjeta vigente de Andaluz o Andaluza en el Exterior o bien sea miembro de una Comunidad Andaluza reconocida e inscrita en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas.

b) No haber recibido la sanción de separación del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente disciplinario.

c) No ser mayor de 35 años.

d) Los que se establezcan en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía vigente al momento de la convocatoria.

2. Requisitos mínimos de titulación y formación específica. Además de los indicados en los apartados anteriores, las personas beneficiarias deben cumplir los siguientes requisitos mínimos de titulación y formación:

A) Para las becas de formación e investigación en materias relacionadas con la Unión Europea:

a) Titulación universitaria oficial: Licenciatura, Grado Oficial, Máster Oficial o Doctorado. Solamente serán válidos los títulos universitarios oficiales, según el artículo 3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En el caso de títulos extranjeros de educación superior, deberán estar homologados por la autoridad administrativa o educativa correspondiente, según su caso.

b) Formación específica: Al objeto de la presente Orden, la formación específica sobre materias relacionadas con la Unión Europea se acreditará mediante alguno de los siguientes supuestos:

  • Por un título universitario sobre materias relacionadas con la Unión Europea, que podrá coincidir con el alegado como requisito de titulación universitaria oficial a que hace referencia el párrafo anterior.
  • Por la asistencia a cursos específicos de formación de una duración mínima de 40 horas, sobre materias relacionadas con la Unión Europea.
  • Por períodos de prácticas de duración mínima de un mes, sobre materias relacionadas con la Unión Europea.
  • Por asignaturas del programa académico sobre materias relacionadas con la Unión Europea, correspondientes al título universitario declarado como requisito de titulación.

c) Idiomas: Según el destino de la beca que se solicita, el requisito de conocimiento de idiomas es el siguiente:

  • Para la Secretaría General de Acción Exterior de la Consejería de la Presidencia, en Sevilla: Un idioma, inglés o francés, a partir de Nivel Intermedio o equivalente al B2, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
  • Para la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas: Dos idiomas, inglés y francés, a partir del Nivel Intermedio o equivalente al B2 según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

B) Para las becas de formación e investigación en el área de Comunidades Andaluzas en el Exterior:

a) Titulación universitaria oficial: Licenciatura, Grado Oficial, Máster Oficial o Doctorado. Solamente serán válidos los títulos universitarios oficiales, según el artículo 3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En el caso de títulos extranjeros de educación superior deberán estar homologados por la autoridad administrativa o educativa correspondiente, según su caso.

b) Formación específica: Al objeto de la presente Orden, la formación específica en materias relacionadas con Comunidades Andaluzas en el Exterior se acreditará mediante alguno de los siguientes supuestos:

  • Por un título universitario sobre materias relacionadas con Comunidades Andaluzas en el Exterior que podrá coincidir con el alegado como requisito de titulación universitaria oficial a que hace referencia el párrafo anterior.
  • Por la asistencia a cursos específicos de formación de una duración mínima de 40 horas, sobre materias relacionadas con Comunidades Andaluzas en el Exterior.
  • Por períodos de prácticas de duración mínima de un mes, sobre materias relacionadas con la Comunidades Andaluzas en el Exterior.
  • Por asignaturas del programa académico correspondiente al título universitario declarado como requisito de titulación, sobre materias relacionadas con Comunidades Andaluzas en el Exterior.

c) Idiomas: el requisito de conocimiento de idiomas es el siguiente:

  • Un idioma, inglés o francés, a partir del Nivel Intermedio o equivalente al B2, según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

3. En el caso de los cursos que no se hayan finalizado a la fecha de presentación de solicitudes y que incluyan en sus contenidos las materias objeto de la formación específica, dichos contenidos serán considerados como formación específica si constan debidamente acreditados por la persona responsable de los mismos mediante certificado del número de horas y de las materias cursadas hasta ese momento.

4. Todos los requisitos mínimos, así como los méritos alegados, deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Más información y solicitud: https://www.juntadeandalucia.es/…/BOJA18-214-00017-17975-01…
Requisitos de los beneficiarios en el artículo 2 de este enlace: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2013/225/2

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