Catálogo de puestos de trabajo para los guardias civiles

En el último Pleno del Consejo de la Guardia Civil se ha informado para su posterior entrada en vigor de varias órdenes generales, entre las que se encuentra el Catálogo de Puestos de Trabajo (CPT), instrumento básico en la gestión de los guardias civiles.

Nos referimos concretamente a la Orden General que desarrolla la estructura y el contenido de la Relación de Puestos Orgánicos de las unidades de la Guardia Civil. Y para comprender el alcance real de la misma debemos echar la vista atrás, porque ya en el año 2009 y fruto de la petición de AUGC, el entonces Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, prometió en el Pleno inaugural del Consejo de la Guardia Civil que se regularía el Catálogo de Puestos de Trabajo (CPT) como instrumento básico en la gestión de los recursos humanos en la Guardia Civil, como ya se hace en el resto de la Administración pública.

Y este desarrollo es importante, entre otras cosas, porque por medio del mismo cada guardia civil sabrá sus cometidos específicos, ya que todos los puestos orgánicos de la Guardia Civil estarán identificados, de modo que se definirán los requisitos y demás condiciones particulares para su asignación u ocupación, el régimen de prestación de servicio, las retribuciones económicas que conlleva (incluido la productividad), o la regulación de las sucesiones y sustituciones de cada puesto ejercido por la cadena de mando, terminando así con las arbitrariedades en esta cuestión de responsabilidad.

Pero las ventajas son aún mayores, ya que la implementación de la herramienta informática que recogerá la Relación de Puestos de Trabajo (la denominada NERHU), no solo definirá cada puesto, sino también si el guardia civil en cuestión está ocupando el puesto adjudicado por el cual fue nombrado mediante BOGC o si, por el contrario, está en comisión de servicio en un puesto diferente. Igualmente, también se sabrá si está adscrito a otro puesto orgánico temporalmente, así como otras circunstancias relevantes. En definitiva, se dotará de mayor transparencia a la distribución del personal en la Guardia Civil.

Por tanto, desde AUGC valoramos de forma positiva el que por fin se ponga en marcha este instrumento de gestión de personal, porque si el mismo se utiliza adecuadamente, supondrá nada menos que acabar con la tendencia tan extendida en la Guardia Civil de “crear de la nada” puestos de trabajo, “agregaciones”, e incluso unidades fantasmas, algunas tan importantes como las VIOGEN, USECIA, Equipos ROCA, o servicios de investigación de muy diversa índole.

Pero aquí se acaban las buenas noticias, porque difícilmente podemos dar por bueno el compromiso emitido de palabra por el Subdirector de Personal en el desarrollo del Pleno del Consejo, para que estas prácticas se vayan erradicando, cuando se introduce en el articulado del borrador de Orden General aludido, que “a través de la Intranet del Cuerpo se pondrá a disposición de todos los guardias civiles la información relativa a las características de los puestos orgánicos de la guardia Civil, pero no al despliegue y cobertura real de los mismos”. Por tanto, pretenden no hacer pública la información en cuanto al verdadero despliegue y cobertura real del Catálogo de Puestos de Trabajo, y que esta información tan solo sea accesible a nivel comandancia o unidad superior. Y este impedimento lo pretenden amparar los altos mandos del Cuerpo en la necesaria confidencialidad que debe mantenerse en ciertos destinos de investigación.

Por supuesto, desde AUGC no solo reprochamos estos manidos argumentos,  ya que alegan que son servicios “sensibles”, cuando en realidad estos servicios no llegan ni a un 1% de la plantilla. Pero estos altos mandos olvidan que lo establecido en la Ley es que el CTP ha de ser público, tanto en la Policía Nacional –como de hecho lo es– como en la Guardia Civil.

Consecuentemente, el voto emitido por AUGC en el Consejo, en cuanto a esta Orden General, ha sido negativo, puesto que nuevamente es la ley, en este caso la Ley Orgánica de derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, la que establece que los representantes de las asociaciones han de tener conocimiento y ser oídos en la determinación de las condiciones de trabajo de los guardias civiles, y en estas circunstancias nos preguntamos: ¿cómo podrán cumplir con su responsabilidad y atender a las numerosas quejas de los mismos, que inevitablemente vendrán con la aplicación del CPT, si se les impide el acceso a la herramienta informática, y por tanto, no tendrán posibilidad alguna de verificar nada de nada?

En conclusión, hemos tenido que esperar muchos años para que por fin la DGGC acceda a regular los puestos de trabajo, destinos y comisiones de servicio de una forma mínimamente garantista, que es lo que aporta el CPT, y desde luego desde AUGC no vamos a tolerar que los escalones de mando sigan ejerciendo viejas prácticas conocidas por todos (como distribuir al personal de forma discrecional en las diferentes áreas, agregarlos, etcétera) y obviamente lesivas para el conjunto de los guardias civiles. Por ello esta circunstancia se expuso ante el actual Director General, y si finalmente se lleva a cabo de forma tan arbitraria, recurriremos a los tribunales, donde esperamos, como en tantas otras veces en ocasiones anteriores, que la justicia nos dé la razón.

Entradas relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *