Andalucía inicia el camino para la supresión de los aforamientos

El Consejo de Gobierno ha acordado manifestar, a propuesta del Consejero de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, su criterio favorable a la Proposición de Ley de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos y por el Grupo Parlamentario Popular Andaluz.

El contenido de esta Proposición responde a las medidas de urgencia para la regeneración democrática comprometidas por el nuevo Gobierno Andaluz entre las que se encuentra la supresión de los aforamientos del presidente de la Junta de Andalucía, de los miembros del Consejo de Gobierno y de los diputados del Parlamento de Andalucía en los términos actualmente regulados en el Estatuto de Autonomía para Andalucía.

La Proposición de Ley respeta la inviolabilidad que el Estatuto de Autonomía otorga a los diputados, aún después de haber cesado en su mandato, por las opiniones manifestadas en actos parlamentarios y por los votos emitidos en el ejercicio de su cargo, pero pone fin a la excepción procesal que impide al juez ordinario tratarlos como cualquier otro ciudadano para dilucidar responsabilidades en ámbitos totalmente desconectados de su responsabilidad política.

Además, la Proposición de Ley carece de impacto económico en cuanto al aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios.

La existencia en el ámbito civil o penal de fueros jurisdiccionales específicos para los parlamentarios andaluces y miembros del Consejo de Gobierno, más que una garantía para la salvaguarda de sus funciones, es percibida por la ciudadanía como un privilegio de la clase política que la aleja más de la sociedad a la que sirve y deteriora la calidad de nuestro sistema democrático.

No hay razón por ello para seguir manteniendo esta figura del aforamiento para los diputados y diputadas del Parlamento de Andalucía, el presidente de la Junta de Andalucía y su Consejo de Gobierno, que si bien deben seguir siendo protegidos en el ámbito de su libertad de expresión parlamentaria y política, deben ser juzgados por la jurisdicción ordinaria en aquellos asuntos ajenos a su función parlamentaria y que les implique de forma directa en cualquier procedimiento judicial de cualquier ámbito jurisdiccional.

Entradas relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *