Ampliado el período de formación para profesionales del sector del tatuaje y piercing

El Consejo de Gobierno ha aprobado la modificación del Decreto ley 71/2017, de 13 de junio, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las actividades relativas a la aplicación de técnicas de tatuaje, micropigmentación y perforación cutánea (piercing). De este modo, pretende minimizarse los potenciales riesgos al mismo tiempo que se busca regular la práctica profesional de esta actividad.

En primer lugar, se amplían los plazos para la obtención de la formación de las personas aplicadoras de dichas técnicas en un tiempo no superior a tres años a contar desde la entrada en vigor del decreto. En la actualidad, existe un elevado número de profesionales ejerciendo la actividad de tatuaje y micropigmentación en Andalucía y la oferta formativa y de acreditación está resultando insuficiente para absorber toda la demanda. Por dicho motivo, se modifica el decreto de forma que la totalidad de profesionales afectados por la norma pudieran cumplir los requisitos en el plazo establecido.

Por otro lado, la aplicación de las actividades de tatuaje, micropigmentación y perforación cutánea (piercing) implican la rotura de la barrera de protección natural más extensa del cuerpo humano compuesta por la piel y las mucosas. Por dicho motivo, estas prácticas estéticas no están exentas de riesgos y complicaciones como son las infecciones, alergias y trastornos anatómicos, si no se realizan en óptimas condiciones de higiene y seguridad.

Desde la aprobación del decreto ley se ha avanzado en la regulación de esta actividad, aunque, tras la experiencia adquirida, se ha planteado la necesidad de revisar y adecuar la regulación. De esta forma, la Consejería de Salud y Familias, a través de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, ha estimado regular la legislación en cuanto a las innovaciones en materias y materiales utilizados, así como la existencia de nuevos procesos de esterilización, limpieza y desinfección.

La nueva regulación se centra en la implantación de un modelo de autocontrol basado en una declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos recogidos en unas guías. La elaboración de estas guías permite la actualización periódica de forma ágil y dinámica, así como estructurar de forma más precisa las inspecciones incluidas en un plan de inspección. Con todos estos elementos se logra un mayor refuerzo y control para lograr una adaptación permanente a la evolución de la evidencia científica y la identificación de las buenas prácticas.

La entrada en vigor del nuevo régimen de limpieza, desinfección y esterilización tendrá lugar una vez aprobadas y publicadas las guías técnicas oficiales que han de servir de referencia tanto para el sistema de autocontrol por parte de la persona aplicadora de tatuaje, micropigmentación o perforación cutánea (piercing), como para las actuaciones de control por parte de las administraciones con competencias de inspección.

Por último, se amplía el ámbito de aplicación de la norma, así como una mayor precisión en las actuaciones de la Consejería competente en materia de salud, en relación con el control y seguimiento de las actividades y en la tipificación de la infracción calificada como grave.

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